¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un accidente de tráfico?

El plazo general para reclamar daños personales por un accidente de tráfico en España es de 1 año desde la fecha del accidente o desde el alta médica definitiva. Para reclamaciones de responsabilidad civil (daños materiales o daños a terceros), el plazo es de 3 años. Actuar antes de que venza este plazo es imprescindible: si prescribe, pierdes el derecho a reclamar aunque tengas toda la documentación y razón en el fondo.

¿Cuándo empieza a contar el plazo?

Este es uno de los aspectos más importantes y menos conocidos. El plazo no siempre empieza el día del accidente. Según el artículo 7 de la Ley 35/2015, el cómputo se inicia en el momento en que el perjudicado tiene conocimiento real del daño:

  • Si hubo lesiones que se curan sin secuelas: el plazo empieza desde la fecha del alta médica definitiva (no desde el accidente).
  • Si hay secuelas permanentes: desde la fecha del informe médico que estabiliza las lesiones y determina las secuelas.
  • Si hay fallecido: desde la fecha del fallecimiento (los herederos y familiares tienen 1 año desde ese día).
  • Si el responsable fue condenado penalmente: el plazo se reinicia desde la firmeza de la sentencia penal.

En la práctica, muchos accidentados con lesiones que tardan meses en estabilizarse tienen más tiempo del que creen. Pero no lo dejes al límite: la documentación y los testigos se pierden con el tiempo.

¿Qué acciones interrumpen la prescripción?

La prescripción no es irreversible mientras no haya expirado. Estas acciones la interrumpen y reinician el cómputo desde cero:

  • Enviar una reclamación extrajudicial a la aseguradora (burofax con acuse de recibo)
  • Presentar una denuncia o querella ante los tribunales
  • Iniciar diligencias previas en el procedimiento penal por el accidente
  • Acuerdo expreso entre partes reconociendo la deuda o ampliando el plazo

El burofax a la aseguradora es el método más habitual y sencillo. Una vez enviado, el plazo vuelve a contar desde cero. Es fundamental enviar la reclamación formal antes de que expire el primer plazo, aunque no tengas todos los documentos preparados.

Plazos por tipo de daño: resumen

Tipo de reclamación Plazo Inicio del cómputo
Daños personales (lesiones) 1 año Alta médica definitiva o estabilización de secuelas
Daños materiales (vehículo, objetos) 3 años Fecha del accidente
Responsabilidad civil en general 3 años Fecha en que pudo ejercerse la acción
Daños a menores 1 año Desde que alcanza la mayoría de edad (18 años)
Fallecido en el accidente 1 año Fecha del fallecimiento
Acción penal Variable según delito Depende de la calificación penal

Casos especiales: menores y personas en tratamiento prolongado

Menores de edad

Si el accidentado era menor de edad en el momento del accidente, el plazo de prescripción no empieza a correr hasta que cumple 18 años. A partir de la mayoría de edad, tiene 1 año para reclamar los daños personales sufridos durante la minoría de edad. Los padres o tutores pueden reclamar antes en nombre del menor, lo que es habitual cuando las lesiones son significativas.

Personas con discapacidad o incapacitadas

Si el accidentado tiene una discapacidad que le impide ejercer sus derechos, el plazo puede estar suspendido. En estos casos, es especialmente importante contar con asesoramiento especializado para determinar el cómputo correcto.

Lesiones que se agravan con el tiempo

En accidentes con lesiones inicialmente consideradas leves que evolucionan negativamente (por ejemplo, un latigazo cervical que deriva en hernia discal), el plazo se cuenta desde que se estabiliza el estado final del accidentado. Esto puede ocurrir meses o años después del accidente.

¿Qué pasa si la aseguradora está demorando la respuesta?

Algunas aseguradoras recurren a tácticas dilatorias esperando que el plazo de prescripción expire. Si llevas más de 60 días desde tu reclamación formal sin recibir oferta motivada de la aseguradora, esa situación ya genera intereses de demora del 20% anual sobre la indemnización final (Ley 35/2015, art. 20).

Si la prescripción se acerca y la aseguradora no responde, envía un nuevo burofax para interrumpir el plazo y reiniciarlo. No esperes a tener todos los documentos perfectamente ordenados — primero interrumpe la prescripción, después perfecciona la reclamación.

¿Cuándo actuar si estoy cerca del límite del plazo?

Si han pasado más de 10 meses desde tu accidente o desde el alta médica y aún no has reclamado formalmente, actúa ahora. Los pasos mínimos son:

  1. Reúne toda la documentación disponible (parte de accidente, informes médicos, alta)
  2. Envía un burofax con acuse de recibo a la aseguradora reclamando la indemnización
  3. Consulta con un especialista para valorar el importe correcto según el Baremo 2026

El burofax interrumpe la prescripción aunque la cantidad reclamada no sea exacta o la documentación esté incompleta. Lo importante es que quede constancia escrita de la reclamación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si el accidente fue hace más de un año?

Depende. Si han pasado más de 12 meses desde el alta médica definitiva y no has enviado ninguna reclamación formal ni iniciado diligencias judiciales, es posible que el plazo haya prescrito. Sin embargo, en casos donde la estabilización de las lesiones fue tardía o hubo actuaciones penales, el plazo puede ser diferente. Consulta con un especialista para analizar tu caso concreto.

¿El plazo se interrumpe si la aseguradora y yo seguimos negociando?

No automáticamente. El simple intercambio de comunicaciones no interrumpe la prescripción a menos que exista un reconocimiento expreso de la deuda por parte de la aseguradora. Para interrumpir el plazo con seguridad, utiliza el burofax con acuse de recibo.

¿Y si hubo juicio penal por el accidente?

Si se abrió un procedimiento penal por el accidente (por ejemplo, por imprudencia grave o conducción bajo los efectos del alcohol), la prescripción de la acción civil queda en suspenso mientras dura el proceso penal. Una vez firme la sentencia penal, empieza a contar el plazo de 1 año para la acción civil de daños y perjuicios.

¿El plazo es igual en toda España?

Sí. La Ley 35/2015 es estatal y aplica en todo el territorio español, incluyendo Cantabria, País Vasco, Cataluña y las demás comunidades autónomas.

No dejes que el tiempo trabaje en tu contra

Si has sufrido un accidente de tráfico y tienes dudas sobre si estás dentro del plazo para reclamar, consúltanos hoy mismo sin compromiso. En Alegauto analizamos tu caso de forma gratuita y te confirmamos si aún puedes reclamar y por cuánto.

Teléfono: +34 621 399 838 — Atendemos de lunes a domingo de 09:00 a 17:00.

También puedes solicitarnos que te llamemos nosotros a través de nuestra Unidad Especializada en Accidentes de Tráfico. Con más de 800 casos gestionados y más de 10 años de experiencia en Cantabria, sabemos exactamente cómo proteger tu derecho a reclamar dentro del plazo.

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